Reporte de la Justicia
Cuarta edición (2008-2009)      
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Bolivia
Ministerio Público de la Nación


III. Descripción Institucional y Organización del Sistema de Justicia

3. Ministerio Público de la Nación

 

3.1. Estructura institucional

En virtud de la Ley 2175 del 13 de febrero de 2001, la responsabilidad de promover la acción de la justicia, la defensa de la legalidad, la defensa de los intereses del Estado y de la sociedad, pertenece al Ministerio Público. La Nueva Constitución Política del Estado del año 2009 ha mantenido esa responsabilidad para el Ministerio Público. De esta forma, tiene por misión ejercer la dirección funcional de la actuación policial en la investigación de los delitos, informar a la víctima sobre sus derechos en el proceso penal y sobre el resultado de las investigaciones y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la ejecución de la pena. El Ministerio Público, para estos fines, goza de independencia funcional.

 

El Fiscal General del Estado es su máximo representante, quien tiene autoridad en todo el territorio nacional y sobre todos los funcionarios del Ministerio Público. Ejerce la acción penal pública y las atribuciones que la Constitución Política del Estado y las leyes le otorgan. Bajo la Nueva Constitución Política del Estado, el Fiscal General de la República será designado por la Asamblea Legislativa Plurinacional, por dos tercios de votos de los miembros presentes, y para ser elegido requerirá cumplir los mismos requisitos generales que todo funcionario público y los específicos establecidos por la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia [46].

 

Bajo la Constitución de 1994 desempeñaba sus funciones por el plazo improrrogable de diez años y podía ser reelecto después de transcurrido un periodo igual al del ejercicio de su mandato. En cambio, bajo la Nueva Constitución, ejerce sus funciones durante 6 años sin posibilidad de reelección. Entre las funciones más importantes que desempeña se encuentran la de representar al Ministerio Público y la de ejercer la dirección, orientación y supervisión general de la institución.

 

El Fiscal General es asesorado por un Consejo Nacional, instancia conformada por el conjunto de Fiscales de Distrito a la cabeza del Fiscal General, una Asesoría General conformada por un equipo de juristas que guiarán el desempeño legal de la institución, una Secretaría Técnica que desde sus funciones específicas coadyuva al trabajo de la máxima autoridad y la Unidad de Auditoria Interna como responsable del control posterior. En el staff de apoyo al Fiscal General, se encuentra la Secretaría General [47].

 

Además del Fiscal General del Estado, forman parte de la estructura del Ministerio Público[48] :

  • La Inspectoría General, que tiene por objeto garantizar el control, la fiscalización y evaluación del trabajo de los fiscales y funcionarios administrativos y técnicos del Ministerio Público

  • La Dirección de Gestión Fiscal, que busca fortalecer y modernizar técnica y científicamente la gestión del Ministerio Público, asegurando la eficiencia y eficacia de su desempeño, buscando una mayor accesibilidad y una mejor administración de justicia. Efectuar la coordinación interinstitucional.

  • El Instituto de Capacitación, encargado de la formación y actualización permanente de los fiscales y personal técnico, que propicia su especialización en las funciones propias del cargo y en la persecución de delitos penales.

  • Los fiscales de distrito que son los representantes de mayor jerarquía del Ministerio Público en su distrito (Departamento). Son designados por la Cámara de Diputados por dos tercios de votos del total de sus miembros, de la nómina de postulantes a carrera fiscal. Ejercerán sus funciones por el periodo de cinco años pudiendo ser reelectos

  • Los fiscales de recursos que tienen como atribuciones la de intervenir en representación del Ministerio Público, ante el Tribunal de Casación Penal y la de interponer los recursos de revisión de sentencias condenatorias ejecutoriadas

  • Los fiscales de materia, encargados de ejercer la acción penal pública, la dirección funcional de la actuación policial y supervisar la legalidad de las actividades de investigación, intervenir en todas las diligencias de la etapa preparatoria y del juicio, entre otras señaladas por ley; y

  • Los fiscales asistentes, que son funcionarios asignados por el Fiscal de Distrito para asistir a los fiscales de materia en el cumplimiento de sus funciones.

Existen fiscales especializados que se desempeñan en capitales de Departamento en las siguientes materias: sustancias controladas; aduana; niños, niñas y adolescentes y anticorrupción. A nivel nacional, los fiscales de provincias ejercen la representación del Ministerio Público.

 

Asimismo, forma parte de la estructura del Ministerio Público, el Instituto de Investigaciones Forenses, órgano encargado de realizar todos los estudios científico-técnicos requeridos por el Ministerio Público o las partes para la investigación de los delitos, y la comprobación de otros hechos encomendados por orden judicial. El Instituto está compuesto por una Dirección Nacional y por los órganos que se establezcan de acuerdo a las necesidades del servicio.

 

3.2. Gobierno y gerencia

 

Como se ha mencionado, dentro de la estructura del Ministerio Público se encuentra el Consejo Nacional del Ministerio Público, compuesto por el Fiscal General de la República, quien lo preside, los Fiscales de Distrito, un Fiscal de Recurso, un Fiscal de Materia y el Inspector General. Entre sus atribuciones están: proponer al Fiscal General los proyectos de reglamentos internos del Ministerio Público, proponer ternas para la designación de los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina, dictaminar sobre la creación de fiscalías, el incremento en el número y le asigna ternas para la designación del Inspector General, evaluar la aplicación de las instrucciones generales e instrucciones particulares ratificadas por el Fiscal General para adoptar los correctivos que correspondan, entre otras. El Consejo se reúne semestralmente, pudiendo el Fiscal General de la República convocarlo las veces que considere necesario.

 

3.2.1. Deficiencias reconocidas por el Ministerio Público

 

El Ministerio Público de Bolivia reconoce que existe una débil capacidad institucional para cumplir a cabalidad la función acusatoria, sea por la insuficiencia de recursos dada la baja asignación presupuestaria, la falta de infraestructura y de cobertura en áreas rurales, problemas de organización interna, de planificación de políticas institucionales, la escasa coordinación con otras entidades, entre otros[49].
 

3.3. Transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información

 

La Inspectoría General es el órgano encargado de recepcionar, procesar las denuncias y de oficio en contra de Fiscales por la posible comisión de faltas disciplinarias o irregularidades en el ejercicio de sus funciones, cuya competencia abarca hasta la jerarquía de Fiscales de Distrito, Fiscales Directores de las Unidades Especializadas y otros funcionarios involucrados. Goza de autonomía funcional. Tiene cuatro funciones fundamentales: a) De prevención de actos de corrupción en el proceso de persecución penal, b) Implementar y mantener un sistema de Inspección, c) Evaluación del desempeño Fiscal y d) Régimen Disciplinario[50].
 

Cuando la Inspectoría General reciba una denuncia por una supuesta falta disciplinaria, debe iniciar la investigación correspondiente debiendo concluirla en el plazo máximo de sesenta días[51] . Esta denuncia es presentada por este órgano o por cualquier particular ante el Tribunal Nacional de Disciplina, organismo compuesto por tres miembros elegidos por sorteo de una nómina de 12 abogados que no pertenezcan al Ministerio Público presentada por el Consejo Nacional y que tiene competencia para conocer en primera instancia el procesamiento disciplinario de los fiscales de distrito y para resolver en grado de apelación las resoluciones disciplinarias dictadas por los Fiscales de Distrito[52].

 

Según el Ministerio Público, dicho organismo durante la gestión 2008 recibió 388 causas relativas a faltas disciplinarias llevadas a cabo por fiscales, habiendo despachado un 85% de ellas.

 

Ahora, en virtud de la Nueva Constitución Política del Estado y el Estatuto del Funcionario Público[53] todo servidor público debe prestar declaración de sus bienes y rentas al momento de asumir el cargo público y luego una vez por año[54], obligación que también recae sobre los funcionarios del Ministerio Público. Su incumplimiento puede ocasionar responsabilidades administrativas y penales. La Contraloría General de la República dirige y controla el Sistema de Declaración Jurada de Bienes y Rentas.

 

De acuerdo a la quinta versión del Índice de Accesibilidad de la Información Judicial en Internet publicado por CEJA en 2009, Bolivia ocupa el 14º lugar entre los países de la OEA en el acceso a través de Internet de los Ministerios Públicos con un índice de un 38,51%. [55]

 

Programa Integral Anticorrupción

Durante el 2008, este plan ha funcionado a través de nueve equipos anticorrupción a nivel nacional y uno a nivel de ciudad intermedia, además del equipo de Fiscales de Recursos con sede en la Fiscalía General de la República, los que estuvieron conformados por miembros de diversas instituciones, entre ellos, investigadores de la Policía Nacional, se contrató a 8 auditores forenses dependientes del Instituto de Investigaciones Forenses, asistentes legales para apoyar a los fiscales anticorrupción, y auditores consultores designados por la Contraloría para este mismo fin. En este sentido, ese año hubo 2.283 causas por corrupción, en su mayoría en Santa Cruz con un 58,7% del total [56].

 

Tabla 7
Movimiento de causas de corrupción a nivel nacional por distrito gestión 2008
Distrito Número de causas
Chuquisaca 65
Santa Cruz 1.340
Cochabamba 404
Tarija 210
Potosí 164
Oruro 40
La Paz 608
Beni 35
Pando 17
Total 2.283
Fuente. Elaboración propia en base a datos del Ministerio Público[57]

 

 

3.4. Proyectos de reforma o mejora [58]

 

El Ministerio Público ha efectuado el Plan Quinquenal 2006-2010, el que tiene por objeto establecer objetivos institucionales que apunten a que el servicio prestado sea de calidad, oportuno, transparente, eficiente. De esta forma, busca orientar el trabajo del Ministerio Público en un horizonte de cinco años para maximizar los aciertos esperados por la sociedad y así mejorar la imagen institucional[59] .

 

3.5. Presupuesto

 

El presupuesto del Ministerio Público para el año 2008 fue de 111.980.176 de bolivianos[60], un 15% más que en 2006.

 

3.6. Medios personales y materiales

3.6.1. Medios personales[61]
 

En 2008 había una tasa de 6,55 funcionarios del área jurídica cada 100.000 habitantes, casi un 38% más que en 2006 cuando la tasa era de 4,08. En el mismo año, hubo 221 funcionarios del área administrativa, un 57% menos que en el año 2006

 

Tabla 8
Recursos Humanos
(2006-2008)
Tipo de Funcionario 2008 2006
Funcionarios área jurídica 657 393
Funcionarios área administrativa 221 397
Total 878 790
Fuente. Elaboración propia en base a datos del Ministerio Público[62]

 

 

3.7. Movimiento de causas

 

Durante la gestión 2008, la Fiscalía General recibió 52 causas, y en general a nivel nacional el Ministerio Público recibió un total de 45.191 causas, de las cuales un 83,4% fueron iniciadas mediante denuncia, un 8,8% por querella, un 4,1% de oficio por el Ministerio Público y un 3,7% por acción directa de la Policía.

 

Tabla 9
Causas ingresadas ciudades capitales y El Alto
(2008)
Ciudad capital y El Alto Total causas ingresadas
Sucre 2.961
La Paz 9.527
El Alto 4.188
Cochabamba 6.038
Oruro 2.681
Potosí 2.334
Tarija 2.504
Santa  Cruz 11.578
Trinidad 2.276
Cobija 1.374
Total 45.191
Fuente. Elaboración propia en base a datos del Ministerio Público [63]

 

 

3.7.1. Indicadores de la Reforma Procesal Penal

 

Según la Agencia GTZ, la tercera fase del Proyecto de Apoyo a la Reforma Procesal Penal, entre otras cosas, ha logrado:

  • Disminuir en las capitales de los nueve departamentos el número de denuncias rechazadas por el Ministerio Público producto de errores en la etapa de investigación en un 25%

  • La disminución en un 60% del número de expedientes elevados en revisión a las cortes superiores de las capitales de los nueve departamentos rechazados por errores formales

  • Elevar en un 30% las solicitudes de fiscales para la conclusión alternativa de los procesos criminales; y

  • Un 40% de victimas, especialmente de crímenes contra la integridad física y la autodeterminación sexual que han solicitado asistencia del sistema penal, han recibido atención y protección integral (asistencia jurídica, psicológica y social) [64]

 

 

 

 

 

Notas

[46] Nueva Constitución Política del Estado, Artículo 227.
[47] Ministerio Público, Plan Quinquenal 2006-2010, p. 37.
[48] Ministerio Público, Plan Quinquenal 2006-2010, op.cit. p. 39.
[49] Información extraída de: Ministerio Público, Plan Quinquenal 2006-2010, op. cit.
[50] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit.
[51] Ley Orgánica del Ministerio Público, Artículo 114
[52] Ley Orgánica del Ministerio Público, Artículo 103
[53] Ley Nro. 2.027
[54] Obligación reglamentada por los Decretos S. 26.257 y 27.349.
[55] CEJA, Índice de Accesibilidad de la Información Judicial en Internet, 2009. Disponible en la página web de CEJA: www.cejamericas.org
[56] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit. p. 31
[57] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit. p. 32
[58] Punto desarrollado en base a información extraída del Plan Quinquenal 2006-2010 del Ministerio Público
[59] Ver Sección VIII de este apartado.
[60] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit. p. 72-73.
[61] Punto desarrollado en base a información extraída de: Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit
[62] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit. p. 70
[63] Ministerio Público, Informe de las Actividades Ministerio Público de la Nación, Gestión 2008, op.cit. p. 82.
[64] Información disponible en la página oficial del Proyecto de Apoyo a la Reforma Procesal Penal: http://www.gtz-justicia.org.bo/acerca/ind.php

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